La Unidad de Medida y Actualización (UMA) es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que emanan de todas las anteriores.
La Ley para determinar el valor de la Unidad de Medida y Actualización fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 30 de diciembre de 2016 y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) será el encargado de publicarla cada año.
¿Por qué es importante conocerla y como te afectará?
Imagina que tuvieras una inspección de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS), una auditoria del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) o hasta una auditoria del Sistema de Administración Tributaria (SAT) y te detectaran que incumpliste con alguna de tus obligaciones, y te impusieran una multa derivada de esa infracción, pues esta multa, precisamente seria calculada en UMA. Dicho en otras palabras, ahora todos los artículos en las leyes vigentes de México, que mencionen el termino “veces el salario mínimo (VSM)”, deberán remplazarlo por el termino de Unidad de Medida y Actualización (UMA).
¿Esto afecta para los créditos INFONAVIT?
La respuesta es NO, ya que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM)en su artículo sexto transitorio nos indica:
“Los créditos vigentes a la entrada en vigor del presente decreto cuyos montos se actualicen con base en el salario mínimo y que hayan sido otorgados por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (FOVISSSTE) u otras instituciones del estado dedicadas al otorgamiento de crédito para la vivienda, continuarán actualizándose bajo los términos y condiciones que hayan sido estipulados” (Ley para determinar el valor de la Unidad de Medida y Actualización, art. 1 fracción III).
Es decir que seguirán valuados conforme al Salario Mínimo Vigente o a valor de pesos.
Esto eventualmente cambiará en 2018, cuando el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) comenzará a otorgar los créditos en UMA, aún así,siempre tendremos el derecho de elegir si deseamos pagar nuestro crédito en salarios mínimos, UMA´s o pesos.
¿Y qué pasa con la nómina?
Hasta el momento el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a publicado la nueva versión del SUA con los ajustes para el cálculo de las cuotas obrero patronales con la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
No obstante, en el caso del cálculo para determinar el Impuesto Sobre la Renta (ISR), los sistemas de Nómina deberán adecuarse para utilizar el valor de la UMA, y para las exencionesque señala el Art 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), Lo que implica que se deberá tener un especial cuidado en actualizar el valor de la UMA en nuestras Nóminas, para que se realicen los cambios correctos a partir del 1º. de febrero de 2017.
Si bien esto significa un gran cambio, aún quedan muchos puntos por definirse, por parte de nuestras autoridades.
¿Esta ley realmente era necesaria o existe algún beneficio?
La respuesta es sí, será un beneficio para el contribuyente infractor y a su vez se podrá incrementar el salario mínimo a tasas más grandes sin provocar aumentos desmedidos en los créditos a la vivienda y la inflación, debido a que la UMA vigente a partir del 1º. de febrero de 2017, será de $75.49 y siempre será menor al salario mínimo vigente, que en este caso para 2017 es de $80.04
Ahora ya tienes una idea de la importancia de conocer que es la UMA y el por qué cada vez escucharás más y más de ella.
¿Cómo se calcula?
El valor mensual de la UMA se calcula multiplicando su valor diario por 30.4 veces y su valor anual se calcula multiplicando su valor mensual por 12.
Vía @SoyConta / Raúl Rodríguez Echeverría / INEGI