1. Buzón Tributario. ¿Aún no cuentas con ello? Podrías sufrir sanciones económicas!
2. Subcontratación laboral. Si adquieres servicios de personal, debes retener y enterar el 6% de IVA al SAT.
3. Arrendamiento. Si entablas un juicio por rentas vencidas, deberás comprobar la emisión de facturas.
4. Contratación de personas con discapacidad y adultos mayores. Puedes deducir el 25% del salario pagado.
5. Plataformas digitales. Si operas, debes retener y enterar el ISR e IVA correspondiente.
6. Secreto fiscal. No se reservará el nombre de personas que hayan recibido recursos públicos, contribuyentes que usen facturas de operación inexistente y sociedades anónimas que coloquen acciones en el mercado de valores y no tramiten constancia de cumplimiento.
7. IEPS. Actualización de cuotas aplicables a tabacos y refrescos.
8. Reducción de ISR. Personas con actividades en el sector primario recibirán una reducción del 30% de ISR.
9. Certificado Digital. Por incumplimiento, podrían restringirte el certificado de sello digital.