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El 1º de junio se pone en marcha el Sistema de Alerta Sanitaria, que consta de cuatro niveles de alerta, que serán medidos a través del análisis de las características del comportamiento y consecuencias de la circulación del virus SARS-CoV-2 a nivel estatal.
Sólo se permiten las actividades económicas esenciales definidas por la Secretaria de Economía, con protección irrestricta de personas en mayor vulnerabilidad de presentar casos de COVID, se activan los criterios completos de la Jornada de Sana Distancia.
Se permiten actividades laborales esenciales y las actividades no esenciales con niveles de intensidad reducida, con protección irrestricta de personas en mayor vulnerabilidad de presentar casos graves de COVID, se reducen en 70% la actividad social en espacios públicos abiertos y cerrados, y se suspenden las actividades escolares.
Se permiten todas las actividades laborales, con protección irrestricta de personas en mayor vulnerabilidad, se reduce en 40% la actividad social en espacios públicos abiertos y cerrados, se suspenden las actividades escolares.
Niveles de Alerta:
Máximo: Actividades económicas esenciales
Alto: Actividades laborales esenciales y Actividades NO esenciales con intensidad reducida
Medio: Todas las actividades laborales, con protección.
Bajo: Actividad económica y laboral normal, actividades escolares, sociales y de esparcimiento
La reapertura económica no implica que la epidemia esté superada.
La forma en que empresas y personas trabajadoras atiendan las recomendaciones sanitarias será determinante para mantener un nivel de alerta que permita una mayor actividad socio-económica.
La autoridad determinará semanalmente el nivel estatal de alerta para que la autoridad sanitaria local tome las decisiones pertinentes en el ámbito socio-económico.
4 Principios rectores para un retorno exitoso
- Privilegiar la salud y la vida
- Solidaridad con todos y no discriminación
- Economía moral y eficiencia productiva
- Responsabilidad compartida (pública, privada y social)
Vigilancia y supervisión
Acciones para constatar la correcta implementación de todas las medidas en las empresas o el centro de trabajo, las cuales serán responsabilidad del comité o persona designada para estas tareas.
Verificar el establecimiento de las medidas de prevención y protección en el centro de trabajo.
Verificar la provisión constante de agua, jabón y toallas desechables, y de soluciones a base de alcohol gel al 70% en todas las áreas de las empresas y centros de trabajo.
Monitorear las disposiciones que establezcan las autoridades competentes para las posibles modificaciones de las acciones a seguir en el centro de trabajo.
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