El 30 de mayo vence el plazo para que las empresas paguen esta prestación a sus trabajadores, esto es lo básico que deberías saber sobre el reparto de utilidades.
El 30 de mayo vence el plazo para los patrones que son personas morales, y los que trabajan para personas físicas deben recibirlas a más tardar el 29 de junio. Al ser un dinero “extra” a tu pago de cada mes puedes aprovecharlo para mejorar tus finanzas y para los proyectos que has venido posponiendo por falta de dinero… claro, si es que no lo debes incluso antes de recibirlo, que llega a ser muy frecuente.
Esto es lo básico que deberías saber sobre el reparto de utilidades:
¿Qué es?
Es un derecho de los trabajadores a tener un “pedazo” de las ganancias que genera la empresa en la que trabajan, pues finalmente ellos contribuyeron a su rentabilidad con su trabajo.
¿Cuánto les deben repartir?
Un 10% de la renta gravable de la empresa, es decir, un 10% de las ganancias sujetas a impuestos.
Aunque es un poco obvio, mejor aclarar: para que haya reparto, tiene que haber utilidades, así que si a la empresa le fue fatal y está en números rojos no toca.
Otras excepciones son las empresas de nueva creación, las instituciones de asistencia privada y sin fines de lucro, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las instituciones públicas descentralizadas y las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300.000 pesos.
Dato importante: aún si la empresa para la que trabajan cambió de razón social, se fusionó, huyó o lo que sea si tuvo utilidades se las tienen que pagar.
¿Todos los trabajadores reciben lo mismo?
No. El patrón debe entregar a los trabajadores el 10% de lo que reportó como utilidades a Hacienda, pero se distribuye de la siguiente manera: el 50% de las utilidades se reparten equitativamente entre todos los trabajadores de acuerdo con los días que laboraron —incluyendo días festivos, vacaciones e incapacidades por riesgo de trabajo— y el 50% restante se da proporcionalmente al salario base de cada uno. (Exclusivamente el salario por cuota diaria, sin incluir otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro derivado de su trabajo)
¿Hasta cuándo las puedo reclamar?
Los trabajadores tienen un año para hacer valer este derecho, pero si no lo recogieron, el monto del reparto de utilidades se acumula para el del año siguiente.
¿Causa impuesto el reparto de utilidades?
Sí, sobre la cantidad que exceda del equivalente a 15 días de salario mínimo general de la zona económica correspondiente (1.200 pesos para 2017).
¿Y si no me las pagaron?
El primer paso para reclamarlas sería acudir al departamento de recursos humanos de la empresa, si lo hay, o con la administración. Si no te responden puedes poner una queja en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Planea para qué vas a utilizar tus utilidades antes de recibirlas, para que no se te vaya en gastos superfluos. De preferencia separa una cantidad para el ahorro y para liquidar deudas, especialmente si son de tarjeta de crédito porque con el aumento en las tasas de interés se están encareciendo.
Vía El País