Consejos prácticos para tu Declaración Anual

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente publicó en días pasados, una guía de consejos prácticos, que son importantes a considerar para poder presentar de manera oportuna tu Declaración Anual del Ejercicio 2015, entre los consejos, destacan:

  1. No esperes al ultimo día

El plazo para presentar la declaración anual del ejercicio 2015 de las personas físicas, es a más tardar el día 30 abril de 2016; en donde considerando que es un día inhábil (sábado), se tiene que, conforme al Código Fiscal de la Federación, podrás presentarla a más tardar el lunes 02 de mayo de 2016.

2. Ten a la mano todos tus datos

Cuando vayas a iniciar el llenado de tu Declaración Anual, ten cerca de tí, la siguiente información:

  • RFC, Contraseña, tu e.firma (antes Firma Electrónica) y la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE), vigentes; para el caso en que determines un saldo a favor y lo desees solicitar en devolución.
  • Constancia de pagos y retenciones, en caso de que te hayan pagado salarios, intereses; o bien, hayas prestado un servicio, arrendado o vendido un bien y por ello te hayan retenido impuestos.
  • Pagos provisionales del ISR y mensuales de IVA que hayas presentado por tu actividad.
  • Comprobantes con requisitos fiscales (facturas) de:
    • Los gastos que fueron indispensables para realizar tu actividad. (deducciones autorizadas)
    • Tus deducciones personales (gastos médicos, dentales, hospitalarios, gastos funerales, donativos, intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios, primas de seguros de gastos médicos, entre otros).
  • También, es necesario tener presente que hay datos informativos obligatorios que deberás incluir en la declaración anual, como lo son:
    • Premios, préstamos y donativos.- Cuando obtengas ingresos únicamente por estos conceptos que en lo individual o en su conjunto excedan de $ 600,000 pesos.
    • Herencias, legados y enajenación de casa habitación.- Siempre que la suma total sea superior a $ 500,000 pesos.

3. Opciones para Personas Físcas

 

  • Elegir la Declaración Anual que propone el SAT basada en los datos que reportó el patrón y las facturas electrónicas emitidas que pueden considerarse como deducciones personales.
  • Optar por seleccionar o agregar las facturas electrónicas correspondientes a las deducciones personales, y verificar los ingresos que reportó el patrón o añadir otros.
  • O bien llenarla sin considerar los datos registrados en el SAT
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4. Si obtienes saldo a favor

Si al presentar tu declaración anual, obtienes un saldo a favor, lo puedes solicitar en devolución; entrando al proceso de “Devoluciones automáticas”; considerando que si el monto es igual o mayor a $10,000 pesos; se debe utilizar la e.firma o la e-firma portable. (antes Firma Electrónica)

La devolución automática no aplica, cuando se obtienen ingresos por copropiedad, sociedad conyugal o sucesión; o bien, cuando el saldo a favor es mayor a $150,000 pesos; en donde el pagador de impuestos deberá llevar a cabo el trámite de devolución a través de la página de Internet del SAT.


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