Dicen que la muerte es lo único seguro que tenemos en la vida…
Dicen que la muerte es lo único seguro que tenemos en la vida. Este pasado 2 de noviembre, celebramos el Día de Muertos, y el Colegio Nacional del Notariado Mexicano (CNNM) te brinda las siguientes recomendaciones para que al momento de partir honres a los vivos para que no les dejes problemas.
OTORGA TESTAMENTO.
Documento que se otorga de manera formal ante notario público, en el que el testador expresa claramente por voluntad propia cómo quiere distribuir sus bienes al momento de su muerte. El testamento es un acto de responsabilidad, pues sin importar la cantidad de bienes, el proceso para la adjudicación de los bienes a tus herederos es el mismo. Algo mucho más importante que los bienes es que si se tienen hijos menores de edad, en el testamento se establece a la o las personas que se quedarán como tutores, es decir, que serán responsables de su cuidado y educación.
REALIZA UN DOCUMENTO DE VOLUNTAD ANTICIPADA.
Los tratamientos médicos, que salvan tantas vidas, nos obligan en algunas ocasiones a tomar decisiones difíciles con nuestros familiares, principalmente cuando se trata de mantener vivo a un enfermo en etapa terminal de manera artificial. El documento de Voluntad Anticipada, que se redacta ante notario público, permite manifestar de forma libre y consciente tu decisión sobre la forma en que quieres ser tratado médicamente ante enfermedades terminales y accidentes, liberando a tu familia de esa responsabilidad.
ELABORA UN DOCUMENTO DE TUTELA CAUTELAR.
Éste te permite designar a un tutor para que, en caso de caer en una incapacidad natural y estés imposibilitado para tomar decisiones, él se encargue de tu persona y patrimonio respetando tu voluntad. La designación del tutor sólo será válida si se hace ante un notario o juez familiar. En el primer caso deberá constar en escritura pública y con las formalidades del testamento público abierto; en el segundo se iniciará en procedimiento no contencioso debiendo el juez notificar de manera personal al tutor propuesto para la aceptación del cargo. En la escritura donde se designe al tutor podrán definirse aspectos referentes al tratamiento médico y el cuidado de la salud deseado del tutelado y la forma de administración de sus bienes.
ESCRITURA PROPIEDADES.
Es la única forma en la que tenemos la certeza jurídica de una propiedad ante terceros. No escriturar es peligroso puesto que los contratos privados y los poderes notariales no son soluciones a largo plazo y conllevan grandes riesgos para el comprador. De hecho muchas de las personas que perdieron o sufrieron daños en su casa en los sismos de septiembre, tendrán que entablar juicios para probar la propiedad del inmueble.
HAZ UN LISTADO DE CUENTAS BANCARIAS, INVERSIONES Y SEGUROS DE VIDA.
Las cuentas bancarias, inversiones y seguros de vida sólo son entregados a quién lo reclame, por lo tanto, tu familia debe conocer qué cuentas bancarias, inversiones y seguros de vida tienes contratados. Te recomendamos tener un listado y compartirlo con tus familiares. Recuerda que al abrir una cuenta bancaria las instituciones financieras solicitan la designación de beneficiarios, a quiénes el banco entregará los saldos presentes en la cuenta, en caso de que no existan cotitulares. Si no recuerdas quiénes son los beneficiarios de tus cuentas, acude al banco y revísalo.
Uno de los mejores regalos que podemos hacer a nuestra familia al momento de nuestra muerte es darles seguridad jurídica. Acércate a tu notario de confianza, quien podrá asesorarte de manera gratuita sobre éste y otros temas.
Vía Entrepreneur