La reforma laboral que México debe lograr para que EU avale el T-MEC

La reforma laboral debe garantizar la libertad sindical, eliminar la discriminación de género, y concretar la reforma constitucional de 2017 que aún no se plasma en la ley

En la firma del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) nuestro país se comprometió a llevar a cabo una reforma laboral para promover, de manera efectiva, la aplicación de diversos derechos laborales, tal y como lo establece la Declaración de 1998 de la Organización Internacional del Trabajo.

Ese instrumento internacional, ratificado por México en 2018, compromete a los Estados a respetar y promover la libertad de asociación, la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; la eliminación del trabajo forzoso u obligatorio, la abolición del trabajo infantil, y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.

Gran parte de esos compromisos ya se encuentran plasmados en una reforma constitucional aprobada en 2017, el problema es que los cambios a la carta magna no han sido trasladados a las normas laborales.

El retraso de esta reforma a nuestra legislación es uno de los obstáculos a los que se enfrenta el T-MECen el Poder Legislativo de Estados Unidos, instancia que debe avalar el acuerdo comercial a fin de que pueda entrar en vigor.

De hecho, el martes Nancy Pelosi, presidenta de la Cámara de Representantes, advirtió que el Congreso de ese país no aprobará el T-MEC hasta que México modifique su legislación laboral.

El legislativo mexicano debe aprobar una reforma para mejorar las condiciones de la fuerza laboral,“porque es un gran problema cómo se trata a los trabajadores en México”, enfatizó Pelosi.

De acuerdo con el texto del tratado, los objetivos de estos cambios son promover los derechos básicos que deben gozar todos quienes integran la fuerza laboral en nuestro país, “garantizar la protección a los trabajadores migrantes; impulsar una agenda de cooperación que permita la aplicación de los derechos laborales fundamentales, y fomentar el diálogo para atender diferencias relativas a la aplicación de los compromisos del capítulo” laboral del T-MEC.

En específico, México se comprometió a cambiar las disposiciones en materia de negociación colectiva, garantizando el derecho de los trabajadores a participar, efectivamente, en las negociaciones. De igual forma, nuestro país debe asegurar que los trabajadores puedan afiliarse al sindicato de su elección, o decidir no formar parte de ninguno.

También se deben establecer órganos independientes e imparciales para resolver los diferendos que surgen en las elecciones sindicales, modificar los requisitos para el registro de los contratos colectivos, y garantizar la transparencia de los mismos.

Otros compromisos son atender los casos de violencia que se relacionan con las trasgresiones a los derechos de los trabajadores, combatir el trabajo forzoso, y proteger realmente a las mujeres para que no sufran discriminación en el ámbito laboral.

Promesas incumplidas

Además de los necesarios cambios que requiere nuestra legislación laboral, México hizo el compromiso de hacer realidad algunos de los capítulos que ya se encuentran en la Ley Federal del Trabajo (LFT), y que son benéficos para los empleados, aunque en los hechos son letra muerta.

La Secretaría de Economía explica en un documento que a la firma del T-MEC México se comprometió “a aplicar efectivamente su legislación laboral y a no incumplirla de una manera que afecte el comercio o la inversión con sus socios comerciales”.

Así mismo, “se aplicarán medidas que contribuirán a mejorar el ambiente laboral en las partes, por ejemplo, a través de la no discriminación en el trabajo y la procuración de un ambiente laboral libre de violencia”; también se alentarán la transparencia y nuevas disposiciones en materia de negociación colectiva.

La dependencia asegura que, ante sus socios comerciales, México prometió completar el proceso de implementación de la reforma constitucional en materia de justicia laboral de 2017.

“Estas medidas promoverán la resolución pronta y expedita de conflictos laborales, e impulsarán la contratación colectiva en México, con el fin de mejorar las condiciones laborales de los trabajadores”, enfatiza el texto de la Secretaría de Economía.

Sin embargo, hasta ahora el Congreso mexicano lleva un retraso de poco más de 13 meses, pues la adecuación a la norma laboral debió estar lista en febrero de 2018, ya que los legisladores se impusieron a sí mismos un plazo de un año para incluir los cambios a la carta magna en la Ley Federal del Trabajo.

Nueva justicia laboral

La reforma a los artículos 107 y 123 de la Constitución mexicana, vigente desde el 25 de febrero de 2017, desaparece las Juntas de Conciliación y Arbitraje, y en su lugar crea los Tribunales laborales locales (para las entidades federativas), y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

Puntualiza que el Estado mexicano asegurará la libertad sindical y de negociación colectiva, además de que crea un organismo descentralizado que se encargará de todo lo relacionado con los contratos colectivos de trabajo y las organizaciones sindicales.

Se trata que los colectivos de trabajadores sean realmente representativos de la fuerza laboral en los centros de trabajo, y de que exista certeza en la firma, registro y depósito de los contratos.

Asimismo, para la resolución de conflictos entre los sindicatos, la solicitud de celebración de un contrato colectivo, y la elección de los dirigentes gremiales, el voto de los trabajadores deberá ser personal, libre y secreto.

Sin estas modificaciones a nuestra legislación laboral, que son armónicas con los compromisos adquiridos por México en el T-MEC, el acuerdo comercial seguirá en suspenso, y a merced de los vaivenes político-electorales que ya se viven en Estados Unidos.

Vía Alto Nivel


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