Cómo hacer un testamento

Aprovechando que es el mes de este trámite tan necesario para evitar dramas familiares, te damos el ABC para tramitarlo correctamente.

Una característica de la vida emprendedora es la asociación de la vida profesional con la personal. El proyecto de un emprendedor es parte intrínseca de su vida y trabaja duro y con perseverancia para construir un patrimonio.

Es por ello que para un emprendedor es especialmente importante evaluar los riesgos para su familia o negocio en caso de muerte y dejar clara su voluntad en el testamento.

El testamento público abierto es un acto por el que designas, ante un notario, a las personas que a tu fallecimiento serán dueños de tus bienes y propiedades, convirtiéndose así en los legítimos beneficiarios de tu patrimonio. Otorgar testamento es un acto de responsabilidad para mantener la armonía y seguridad de la familia y evitar posibles conflictos legales a tu muerte.

El Colegio Nacional del Notariado Mexicano te da los pasos para otorgar testamento que son muy sencillos:

  1. Acude al notario público de tu elección con los siguientes datos:
  2. Nombre del testador
  3. Datos generales como lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, ocupación, domicilio
  4. Estado civil
  5. Identificación oficial y CURP
  6. Nombres completos de tu familia, incluidos padres, esposa e hijos
  7. Discapacidad. El testador deberá informar al notario si presenta alguna discapacidad para ver, oír, hablar o firmar.

No hay necesidad de listar o relacionar todos los bienes que posees al otorgar un testamento, ni presentar documentación que acredite su propiedad, ya que el testamento es atemporal y hará referencia a los bienes que poseas en el momento de tu muerte.

  • Definir quiénes serán tus herederos. El testador deberá decidir a qué personas desea dejar sus bienes, derechos y obligaciones. Si los herederos son dos o más es necesario mencionar la proporción en que cada uno de ellos participará de la herencia. Por ejemplo el testador podrá determinar que designa herederos de sus bienes a sus hijos por partes iguales.
  • Definir si existirá algún legatario. En caso de querer legar algún bien específico a una persona deberá especificar de qué bien se trata y a quién quiere dejarlo. Por ejemplo: designo legatario del terreno ubicado en (dirección completa) a mi sobrino (nombre).
  • Definir quién será el albacea. El testador puede nombrar uno o más albaceas, es decir, la o las personas a quien(es) encomienda cumplir cabalmente su voluntad testador. Únicamente se requiere designarlo(s) por su nombre.
  • Definir tutores y curadores. Los padres que tengan la patria potestad sobre hijos menores de edad, pueden nombrar en su testamento a uno o más tutores para que en caso de muerte de ambos padres cuiden de sus hijos y los bienes de éstos. Los curadores son quienes se encargan de vigilar el adecuado desempeño del tutor.

Septiembre es el “Mes del Testamento” y constituye un momento perfecto para aprovechar los descuentos, de hasta el 50%, que ofrecen los notarios del país.

¡No lo dejes pasar! Invierte un poco de tu tiempo para garantizar tu tranquilidad y la de los tuyos.

Vía Entrepreneur


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