Ya es hora de presentar tu declaración anual de ingresos, y te decimos cómo sacar el mayor beneficio de tus gastos para obtener una mayor devolución.
Ya es hora de presentar tu declaración anual de ingresos, y con ello todos los documentos de comprobación de gastos que permiten reducir tu base gravable para calcular el Impuesto Sobre la Renta (ISR), a fin de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te devuelva esos recursos.
Recuerda que este año el plazo para presentar tu declaración como persona física -por el ejercicio 2016- es el próximo 2 de mayo, así es que aún hay tiempo para recabar los comprobantes que te permitan obtener una mayor devolución, aquí te damos algunas sugerencias.
Revisa tus estados de cuenta bancarios
Identifica todos los depósitos que tuviste el año pasado en tu cuenta bancaria para que tengas claro cuáles fueron tus ingresos. Para calcularlos debes considerar salarios, honorarios, recursos obtenidos por la renta de un inmueble de tu propiedad; y premios como la lotería, rifas o sorteos; también debes sumar las ganancias de inversiones financieras, es decir, los intereses que te da el dinero invertido, y los dividendos en caso de que seas socio de alguna compañía.
Pídele a tu patrón la constancia de retenciones
Si eres un trabajador asalariado o recibiste ingresos por honorarios, la empresa debe entregarte una constancia de retenciones, esto es, el impuesto que tu patrón ya pagó en tu nombre. Si prestaste servicios a más de un patrón, todos deben entregarte este documento.
Reúne tus gastos deducibles
La base gravable con la que se calcula el ISR es como un pastel, entre más grande esté –por tus ingresos- más tendrás que reportarle al SAT. Sin embargo, las leyes tributarias de nuestro país permiten que ese pastel se reduzca si pagaste por tu cuenta algunos servicios, así tu base gravable disminuye logrando un saldo a favor que es el que te devuelve Hacienda. Entre estos gastos se encuentran:
- Las facturas de gastos médicos. En este rubro puedes incluir las consultas con el dentista, el psicólogo o el nutriólogo, siempre y cuando estos últimos tengan un título profesional legalmente expedido. Aquí no entran pagos a programas de reducción de peso si la factura no la expide un nutriólogo con cédula profesional.
- De igual forma son deducibles los gastos médicos de tus papás, de tus hijos, de tu esposa o esposo, o de tu concubina o concubinario, siempre y cuando no ganen más de un salario mínimo. Si tus padres están jubilados puedes pagar sus gastos médicos y deducirlos en tu declaración, si la pensión anual que reciben es igual o menor a 29,214 pesos.
- Los pagos por servicios de enfermería, análisis clínicos, radiografías, prótesis o el alquiler de aparatos de rehabilitación, en caso de que hayas sufrido un accidente.
- El monto de la póliza del seguro de gastos médicos, si tienes contratada una en lo personal; todos los gastos hospitalarios que hayas tenido, incluyendo las medicinas que necesitaste dentro del hospital; recuerda que las facturas de los medicamentos comprados en una farmacia no son deducibles.
- También debes considerar las facturas de tus lentes ópticos graduados o de tus lentes de contacto, sólo si ambos son realmente graduados, pues aquí no puedes incluir los lentes de sol, ni los pupilentes de colores.
- Los gastos funerarios que hayas pagado si falleció algún familiar, así como las facturas de seguros para el retiro.
- Los intereses hipotecarios de algún crédito inmobiliario. El banco o institución financiera con la que contrataste el empréstito para adquirir un inmueble debe darte una constancia con los intereses que pagaste en el año. Si tu crédito lo obtuviste con el Infonavit, también puedes obtener esta constancia en la página de internet de esa institución.
- En caso de que tengas hijos que estudien en colegio particular (hasta bachillerato) debes tomar en cuenta las facturas de la colegiatura. Las inscripciones, el servicio de comedor y las actividades extraescolares no son deducibles. Es importante que la institución esté debidamente registrada en el SAT, de lo contrario la factura no es válida. Aquí puedes buscar el colegio por nombre o por RFC.
Contrata un contador
Si bien en la página de internet del SAT tú mismo puedes realizar la declaración anual, lo más recomendable es que contrates los servicios de un contador, pues existen ingresos que están exentos del pago del ISR, además de diversos subsidios que otorga el gobierno. Un especialista sabe exactamente las cantidades que deben restarse a tus ingresos, a fin de obtener el monto exacto al que se le aplicará la tasa del impuesto que te corresponda.
Organízate desde ahora para el 2018
Quizás este año fuiste con la nutrióloga y olvidaste pedirle factura, o le ayudaste a tus papás a pagar algunos gastos médicos y no puedes comprobarlo, o simplemente no sabías todo lo que puedes deducir, por eso te recomendamos que desde ahora organices tus documentos de 2017 para que el año que viene puedas obtener una devolución.
Como las facturas se envían por correo electrónico, es importante que grabes los archivos en tu computadora para tener un respaldo, además de crear una carpeta especial en tu correo.
Vía Alto Nivel